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En resumen
En la Comunitat Valenciana el comprador paga un impuesto por la compra: en vivienda usada, el ITP del 9% desde el 1 de junio de 2026 (Ley 5/2025 de la Generalitat); en vivienda nueva de promotor, IVA del 10% más AJD (0,1% si es vivienda habitual; si no, 1,4%). Notaría, registro y gestoría de la hipoteca y el AJD de la escritura de préstamo los paga el banco; la tasación, tú. Tipos comprobados en el BOE y la Agència Tributària Valenciana el 29.10.2026.
Los impuestos y gastos de compra no los cubren ni la hipoteca ni los avales IVF e ICO: salen de tu bolsillo.
Todos los impuestos y gastos en una tabla
Quién paga qué al comprar vivienda con hipoteca en la Comunitat Valenciana. Comprobado en el BOE y en la web de la Agència Tributària Valenciana el 29.10.2026.
- El ITP y el AJD se declaran con el modelo 600 ante la Agència Tributària Valenciana (ATV).
- Los aranceles de notaría y registro los fija el Estado, pero el importe depende del precio y de la escritura: pide al notario un cálculo previo.
| Concepto | Quién paga | Cuánto | Base legal |
|---|---|---|---|
| ITP (vivienda usada) | Comprador | 9%; 11% si el valor supera 1.000.000 €; 6% u 8% en primera vivienda habitual de menores de 35 (con límite de renta) | Ley 13/1997, art. 13; Ley 5/2025 |
| IVA (vivienda nueva de promotor) | Comprador | 10% | Ley 37/1992, art. 91 |
| AJD de la escritura de compraventa (obra nueva) | Comprador | 0,1% si es vivienda habitual; 1,4% en los demás casos | Ley 13/1997, art. 14 |
| AJD de la escritura de hipoteca | Banco | 2% | Ley 13/1997, art. 14 |
| Notaría de la compraventa | Vendedor la matriz, comprador la primera copia (salvo pacto) | Arancel oficial; el importe lo indica el notario | Código Civil, art. 1455; RD 1426/1989 |
| Notaría de la hipoteca | Banco (las copias, quien las pida) | Arancel oficial; el importe lo indica el notario | Ley 5/2019, art. 14 |
| Registro de la Propiedad: compraventa | Comprador (salvo pacto) | Arancel oficial; lo indica el registrador | Código Civil, art. 1455; RD 1427/1989 |
| Registro de la Propiedad: hipoteca | Banco | Arancel oficial | Ley 5/2019, art. 14 |
| Tasación | Comprador | Precio libre de la sociedad de tasación | Ley 5/2019, art. 14 |
| Gestoría de la hipoteca | Banco | — | Ley 5/2019, art. 14 |
| Gestoría de la compraventa | Quien la contrata; es opcional | Precio libre | — |
Vivienda usada: ITP
* Se aplica a la parte que adquiere el joven si la suma de las bases liquidables general y del ahorro del IRPF no supera 30.000 € en tributación individual o 47.000 € en conjunta (Ley 13/1997, art. 13). Hay tipos similares del 6% y el 8% para VPO de régimen general como primera vivienda habitual.
| Caso | Tipo |
|---|---|
| Tipo general (desde el 01.06.2026) | 9% |
| Valor superior a 1.000.000 € | 11% |
| Primera vivienda habitual de menores de 35 años, valor hasta 180.000 €* | 6% |
| Lo mismo, valor superior a 180.000 €* | 8% |
Vivienda nueva: IVA y AJD
- IVA: 10% del precio (Ley 37/1992, art. 91). Se paga al promotor en lugar del ITP.
- AJD de la escritura de compraventa: 0,1% si es vivienda habitual; en los demás casos, 1,4% (Ley 13/1997, art. 14).
Quién paga los gastos de la hipoteca
- El banco: notaría, registro y gestoría de la hipoteca (Ley 5/2019, art. 14) y el AJD de la escritura de préstamo, cuyo sujeto pasivo es el prestamista.
- Tú: la tasación y las copias que solicites.
Gastos de la compraventa
Según el Código Civil (art. 1455), salvo pacto, el vendedor paga el otorgamiento de la escritura y el comprador la primera copia y lo posterior a la venta, incluido el registro. Los aranceles de notaría y registro están regulados; el importe exacto lo indican notario y registrador. La plusvalía municipal en una venta la paga el vendedor (Ley de Haciendas Locales, art. 106). La gestoría de la compraventa es opcional.
Si el vendedor no es residente
- El comprador retiene el 3% del precio y lo ingresa en Hacienda por cuenta del vendedor (Ley del IRNR, art. 25.2).
- Si el vendedor es persona física no residente, el comprador es sujeto pasivo sustituto de la plusvalía (Ley de Haciendas Locales, art. 106.2). Tenlo en cuenta al liquidar con el vendedor.
Ejemplo de cálculo
Fórmula: dinero propio = (precio − hipoteca) + impuesto de compra + tasación + notaría y registro de la compraventa.
Vivienda usada de 200.000 € con hipoteca del 80%: entrada de 40.000 € + ITP del 9% = 18.000 €. Total 58.000 € más tasación, notaría y registro según factura.
La misma vivienda, comprador menor de 35 años con hipoteca al 100% con aval IVF y renta dentro del límite: sin entrada, ITP del 8% (valor superior a 180.000 €) = 16.000 €. Total 16.000 € más tasación, notaría y registro.
Vivienda nueva de 200.000 € como habitual: IVA del 10% = 20.000 € + AJD del 0,1% = 200 €.
Calculadora de hipoteca
- Importe de la hipoteca
- 160 000 €
- Cuota mensual
- 759 €
- Entrada sin impuestos ni gastos
- 40 000 €
Cálculo orientativo. El tipo es solo un ejemplo; el tipo y el importe reales los fija el banco. Calcula aparte impuestos y gastos.
Fórmula de la cuota: M = P·r·(1+r)ⁿ / ((1+r)ⁿ − 1), donde P es el préstamo, r el tipo mensual y n el número de meses.
Checklist de documentos para la hipoteca con aval IVF
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No somos intermediarios de crédito ni prometemos la aprobación: la decisión es del banco.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo del ITP en la Comunitat Valenciana en 2026?
Desde el 1 de junio de 2026 el tipo general es del 9%, y del 11% por encima de 1 millón. Antes era del 10%.
¿Hay beneficios para jóvenes?
Sí: menores de 35 años en primera vivienda habitual pagan el 6% (hasta 180.000 €) o el 8% (por encima), si la renta no supera 30.000 € (individual) o 47.000 € (conjunta).
¿Quién paga el impuesto de la escritura de hipoteca?
El banco prestamista, que también paga notaría, registro y gestoría de la hipoteca.
¿La hipoteca al 100% cubre los impuestos?
No. Incluso con aval IVF, los impuestos y gastos de compra los pagas tú.
¿Quién paga la plusvalía municipal?
En una compraventa, el vendedor (Ley de Haciendas Locales, art. 106).
¿Qué gastos de hipoteca paga el comprador en la Comunitat Valenciana?
Solo la tasación y las copias que pida. Notaría, registro y gestoría de la hipoteca y el AJD de la escritura de préstamo los paga el banco (Ley 5/2019, art. 14).
¿Dónde se paga el ITP?
En la Agència Tributària Valenciana, con el modelo 600.
Importante
La información es orientativa y no constituye asesoramiento financiero. La decisión final sobre la hipoteca corresponde al banco.
Consejos gratuitos. Acompañamiento profesional.
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Irina · Iryna Drahaliova es asociada de API Alicante (APIAL), n.º A599. Inscrita en el registro de agentes inmobiliarios de la Comunitat Valenciana: RAICV 5885.
Oficina: Calle Patricio Pérez, 131, Torrevieja. Atención con cita previa.